Condenan entre 20 y 8 años de prisión contra dos policías por muerte de Elisa Muñoz Marte y Joel Eusebio Díaz Ferrer

muerte de Elisa Muñoz Marte y Joel Eusebio Díaz Ferrer

El viernes, el Tribunal Colegiado de Villa Altagracia emitió una sentencia de 20 años de prisión para dos de los nueve policías implicados en el tiroteo que resultó en la muerte de Elisa Muñoz Marte y Joel Eusebio Díaz Ferrer, una pareja que viajaba en un automóvil por la autopista Duarte en marzo de 2021.

Los jueces Massiel Ivette Alonzo Rodríguez, Dante Ozuna Mercedes y Ana Hernández Méndez dictaron la condena contra el raso Guillermo Rosario Melo y el coronel César Maríñez Lora. Además de la condena de prisión, se les impuso la obligación de cubrir los gastos legales del proceso.

La acusación incluyó cargos de intento de asesinato contra los acompañantes de la pareja, Claudio Alberto Ramírez Lamais, quien resultó herido en el tiroteo, y Carlos José Pérez Báez, que resultó ileso.

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Según la acusación, la pareja perdió la vida debido a los disparos efectuados por los agentes la noche del 30 de marzo de 2021, alrededor de las 10:50 p. m., mientras viajaban en un vehículo de color blanco, modelo Kia K5, por la Autopista Duarte. Este trágico incidente tuvo lugar después de que los esposos participaran en un evento religioso en el paraje Los Ganchos, ubicado en el municipio Villa Altagracia. Ambos sufrieron múltiples heridas de bala.

La acusación detalla que el coronel Maríñez Lora, tras recibir información a través de la radio de comunicación de la Policía Nacional sobre un automóvil blanco de la marca Hyundai que estaba involucrado en varios robos en el municipio Bonao y se dirigía hacia Santo Domingo, se trasladó al Kilómetro 45 junto a los coacusados Reyes Navarro, De los Santos, Rosario Melo (quien no estaba de servicio) y Rincón Martes.

Posteriormente, llegaron al lugar dos unidades motorizadas compuestas por Domingo Perdomo Reyes, Norquis Rodríguez, Juan Samuel Ogando Solís y Anthony Castro.

Según la acusación, los acusados establecieron un control de carretera improvisado y bloquearon la vía con el propósito de detener a los vehículos que se desplazaban en dirección norte-sur. Cuando el automóvil de los esposos de color blanco se aproximó, los policías abrieron fuego desde varias direcciones y con armas de diferentes calibres, sin realizar una inspección previa del vehículo o sus ocupantes.

Las acciones de los acusados se consideraron una violación de varios artículos del Código Penal Dominicano, incluyendo el artículo 66 de la Ley 631-16, para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.

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