Lionnis Carrasco, regidor del Partido Revolucionario Moderno por el ayuntamiento de Pedernales, es otro edil que lleva más de dos años viviendo en España, pero continúa cobrando su salario mensual, sin ningún tipo de inconveniente.
Carrasco no cumple con su rol de regidor, pero si con el cobro de un salario de 44 mil pesos cada mes.
Con Carrasco, ahora suman cuatro los ediles que están en la misma situación de cobrar sin trabajar y violentando totalmente la Ley 176-07, sobre el Distrito Nacional y los Ayuntamientos.
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Los demás regidores en falta son: Yisell Herrera, conocida popularmente como Anita (PRM-Hato Mayor del Rey), Ramón Pimentel (PRD-Hato Mayor del Rey) y Mireya Mateo (PLD-Esperanza), todos viviendo en diferentes ciudades de Estados Unidos.
Este domingo, el presidente de la Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU) Kelvin Cruz, convocó al presidente de la Asociación Dominicana de Regidores (ASODORE), Robert Arias y a los alcaldes de los ayuntamientos donde se dan estas situaciones con regidores cobrando sus salarios sin ejercer sus labores, para someterlo al imperio de la ley.
El regidor por Pedernales lleva más de dos años residiendo en España, situación por la que aún no se ha podido renovar el Concejo de Regidores de ese ayuntamiento, debido a que el PRM cuenta con dos ediles, uno del PLD y otro del PRD.
Vino para el 24 de abril a participar de la renovación del Concejo de Regidores, pero los demás ediles no le permitieron votar, bajo el argumento de que supuestamente está en licencia y por ende, no asiste a las sesiones en años.
El regidor Carrasco solo hace presencia en Pedernales en algunas fechas importantes, como los actos de rendición de cuentas de la alcaldía, en algunas visitas a la provincia del presidente Luis Abinader o en actividades del PRM.
En el año 2021 se había hecho de conocimiento público la inasistencia del este regidor, pero a la fecha, las autoridades locales no tomaron ninguna medida para regularizar esta situación.
La Ley 176-07 dispone de los mecanismos de sanciones para la inasistencia de los funcionarios municipales e indica en el artículo 43, literal (F) que los regidores podrían perder el cargo por incumplimiento reiterado e injustificado en el desempeño de sus funciones en un periodo de tres (3) meses.
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